Consejo de la Administración Municipal

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Consejo de la Administración Municipal

El Consejo de la Administración es el Órgano de dirección de la administración local, tiene un carácter colegiado, dirige las entidades económicas, de producción y de servicios de su nivel de subordinación. Y su función primordial es promover el desarrollo económico y social de su territorio. Dirige la actividad administrativa a el subordinada y controla la de las entidades de su territorio, independientemente del nivel de subordinación.

El Consejo de la Administración está integrado por 21 miembros, se posee una plaza vacante, la asistencia se comporta al 88.4%, se han efectuado 13 reuniones 11 ordinarias y 2 extraordinarias, se han evaluado 103 temas, adoptado 426 acuerdos, la participación en las reuniones de los consejos de dirección y consejos populares es un tema resuelto, en lo que va de año se ha participado en 139 y  247 respectivamente,  los principales temas evaluados están relacionados con atención a los planteamientos de la población, el Programa Materno Infantil, Atención a la población, Perfeccionamiento del Poder Popular, Enfrentamiento a la corrupción, el delito, las ilegalidades y las indisciplinas sociales, subsidios a personas naturales para la construcción de viviendas, producción y comercialización de alimentos, entre otros.

El consejo de la administración esta integrado por el Presidente y el Vicepresidente de la correspondiente Asamblea del Poder Popular, quien a su ves es el Primer Vicepresidente del Consejo, los que son miembros por derecho propio , por el Secretario y los demás Vicepresidentes, asi como otros miembros, que comparten sus atribuciones, funciones o deberes como tales, con sus responsabilidades de dirección.

Entre las atribuciones mas importantes se encuentran:

  1. Cumplir y hacer cumplir la lesgislacion vigente y los acuerdos adoptados por la respectiva Asamblea del Poder Popular.
  2. Conocer, evaluar y proponer decisioines, según el procedimiento establecido, sobre los informes que presenten las entidades no suvordinadas, radicadas en el territorio.
  3. Rendir cuenta, al menos una vez al ano, por intermedio de su Presidente.
  4. Adptar deciciones que constribuyan de forma priorizada a la mejor atancion de los planteamientos, las quejas y solicitudes realizadas por los electores a sus delegados
  5. Exegir a las direcciones administrativas, organizaciones empresariales y unidades presupuestadas ubicadas ubicadas en el territorio, que den soluciones adecuadas a los problemas plantteados por la población, o expliaccuiones convincentes sobre los casos que no tengan solución inmediata o a corto plazo.
  6. Exigir a las direcciones administrativas, organizaciones empresariales y unidades presupuestadas ubicadas en el territorio, que brinden informaciones de calidad a los  delegados  de la Asambleas del Poder Popular cuando se les solicite.